LA ACCESIBILIDAD COMO DERECHO FUNDAMENTAL INSTRUMENTAL PARA EL BIENESTAR: UNA ESPERANZA EN EL CAMBIO DE LA LEGISLACIÓN

Autores/as

  • Dr. Luiz Alberto David Araujo

Palabras clave:

Accesibilidad, Derecho fundamental, Improvisación, Administración, Bienestar, Salud

Resumen

La accesibilidad es un derecho fundamental instrumental. Garantiza el ejercicio de otros derechos: salud, trabajo, cultura y otros. Sin accesibilidad, las personas con movilidad reducida y las personas con discapacidad no pueden ejercer otros derechos. Después de la firma y ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, surgió, como forma de completar las normas de la Convención, en Brasil, la Ley 13.146-15. En los demás puntos, la ley considera que el funcionario público que deje de velar y cumplir reglas de accesibilidad, comete falta grave (improbidad administrativa), siendo responsabilizado personalmente, inclusive, con su patrimonio personal, por los perjuicios causados. Esto permitirá un cuidado especial de la Administración Pública en el cumplimiento de la accesibilidad, especialmente, porque el funcionario o dirigente pagará del propio bolsillo los daños causados.

Biografía del autor/a

Dr. Luiz Alberto David Araujo

Pontificia Universidade Católica de São Paulo, Brasil lada10@terra.com.br

vol1-1-2017

Publicado

2017-10-20

Cómo citar

David Araujo, L. A. (2017). LA ACCESIBILIDAD COMO DERECHO FUNDAMENTAL INSTRUMENTAL PARA EL BIENESTAR: UNA ESPERANZA EN EL CAMBIO DE LA LEGISLACIÓN. SALUD Y BIENESTAR COLECTIVO, 1(1), 38-47. Recuperado a partir de https://revistasaludybienestarcolectivo.com/index.php/resbic/article/view/36

Número

Sección

Artículos